Caso de Éxito

Acuerdo que evita el ingreso en prisión en un procedimiento por delito contra la libertad sexual

Nuestro despacho asumió la defensa de un cliente en un procedimiento seguido ante la Audiencia Provincial de Araba/Álava, Sección 2ª, por un delito contra la libertad sexual.

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular partían de una petición de 8 años y 6 meses de prisión y 20.000 euros de responsabilidad civil, además de las correspondientes penas accesorias y otras consecuencias penales.

La estrategia de defensa permitió alcanzar una conformidad por la que la pena quedó reducida a 2 años de prisión, la indemnización se rebajó a 9.000 euros y, lo más relevante, se consiguió la suspensión de la pena, evitando el ingreso efectivo del cliente en prisión. La sentencia fue declarada firme.

Abogada especialista en delitos sexuales
Ana de Vázquez de Luca Abogados
Abogada penalista
Delitos contra la libertad sexual

Características

Tipo: Defensa penal

Provincia: Araba/Álava

Materia: Delito contra la libertad sexual

Tribunal: Audiencia Provincial de Araba/Álava, Sección 2ª

Petición inicial: 8 años y 6 meses de prisión

Responsabilidad civil inicial: 20.000 euros

Pena final: 2 años de prisión

Responsabilidad civil final: 9.000 euros

Resultado: Pena suspendida, sin ingreso en prisión

Estado: Sentencia firme

El punto de partida: 8 años y 6 meses de prisión

El procedimiento se seguía ante la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Araba/Álava por un delito contra la libertad sexual.

Tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular sostenían inicialmente la misma petición: 8 años y 6 meses de prisión y 20.000 euros de responsabilidad civil, además de las correspondientes penas accesorias y otras consecuencias penales.

El escenario inicial implicaba, por tanto, un riesgo penal muy elevado: una condena de larga duración, un ingreso efectivo en prisión y una responsabilidad civil de cuantía significativa.

Estrategia de defensa: reducir la pena y evitar la prisión

La defensa centró su estrategia en reducir de forma drástica la exposición penal del cliente y, al mismo tiempo, crear las condiciones jurídicas necesarias para que una eventual pena privativa de libertad pudiera quedar suspendida.

El trabajo se desarrolló en torno a la reparación del daño, la negociación de la responsabilidad civil, la acreditación del arraigo y la búsqueda de una solución que permitiera evitar el ingreso efectivo en prisión.

01
Reparación del daño

Antes del juicio se consignaron 3.000 euros en la cuenta judicial en concepto de responsabilidad civil.

02
Reducción de la indemnización

La responsabilidad civil se redujo desde los 20.000 euros reclamados inicialmente hasta 9.000 euros.

03
Pago fraccionado

Los 6.000 euros restantes se pactaron a razón de 150 euros mensuales durante 40 mensualidades.

04
Suspensión de la pena

La estrategia permitió crear las condiciones necesarias para evitar el ingreso efectivo del cliente en prisión.

3.000 euros consignados antes del juicio

Antes de la celebración del juicio, la defensa consignó 3.000 euros en la cuenta judicial en concepto de responsabilidad civil.

Esta actuación permitió acreditar una reparación efectiva y previa al plenario, elemento especialmente relevante dentro de la estrategia defensiva.

La reparación del daño fue posteriormente reconocida como atenuante muy cualificado del artículo 21.5 del Código Penal, lo que permitió alcanzar una reducción especialmente importante de la pena.

La indemnización se redujo de 20.000 a 9.000 euros

Paralelamente a la estrategia penal, se negoció una reducción sustancial de la responsabilidad civil.

Frente a los 20.000 euros inicialmente reclamados tanto por Fiscalía como por la acusación particular, la indemnización definitiva quedó fijada en 9.000 euros.

De esta cantidad, 3.000 euros ya habían sido consignados antes del juicio.

Para los 6.000 euros restantes se estableció un sistema de pago fraccionado de 150 euros mensuales durante 40 mensualidades, haciendo viable el cumplimiento de la responsabilidad civil.

La reparación del daño se reconoció como atenuante muy cualificada

Uno de los elementos jurídicos determinantes del resultado fue el reconocimiento de la atenuante de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal con carácter muy cualificado.

Esta circunstancia permitió una reducción extraordinariamente relevante de la pena inicialmente solicitada.

Como consecuencia de la negociación y de la aplicación de esta atenuante, el Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones y pasó de interesar 8 años y 6 meses de prisión a solicitar una pena de 2 años de prisión.

La acusación particular se adhirió al acuerdo alcanzado.

La petición inicial de 8 años y 6 meses de prisión terminó reducida a una pena de 2 años de prisión suspendida, evitando el ingreso efectivo del cliente en prisión.

La defensa consiguió retirar la petición de aplicación del artículo 89 del Código Penal

La defensa aportó al procedimiento documentación acreditativa del arraigo del cliente.

Esta documentación formó parte de la estrategia dirigida a reducir las consecuencias penales y personales que podían derivarse de la condena.

Además, se consiguió que el Ministerio Fiscal retirara la petición de aplicación del artículo 89 del Código Penal.

Este elemento resultó igualmente relevante dentro del acuerdo global alcanzado antes de la finalización del procedimiento.

Dos años de prisión con la pena suspendida durante cuatro años

El acuerdo alcanzado fue finalmente acogido por la Audiencia Provincial de Araba/Álava, Sección 2ª.

La pena quedó fijada en 2 años de prisión y su ejecución fue suspendida durante cuatro años.

La suspensión quedó condicionada a que el cliente no delinquiera durante ese periodo y al cumplimiento del calendario pactado para abonar los 6.000 euros restantes de responsabilidad civil.

El calendario de pago quedó fijado en 150 euros mensuales durante 40 mensualidades.

La defensa solicitó expresamente la suspensión de la pena y ninguna de las acusaciones se opuso.

El cliente evitó el ingreso efectivo en prisión

El resultado obtenido fue especialmente favorable si se compara con el escenario inicial del procedimiento.

Frente a una petición conjunta de Fiscalía y acusación particular de 8 años y 6 meses de prisión y 20.000 euros de responsabilidad civil, el procedimiento terminó con una pena de 2 años de prisión suspendida y una indemnización definitiva de 9.000 euros.

Además, el saldo pendiente de responsabilidad civil quedó fraccionado en cuotas asumibles de 150 euros mensuales.

El resultado más importante para el cliente fue que pudo evitar el ingreso efectivo en prisión.

Sentencia firme de la Audiencia Provincial de Araba/Álava

La sentencia fue dictada el 28 de enero de 2026 por la Audiencia Provincial de Araba/Álava, Sección 2ª.

La resolución recogió el acuerdo alcanzado y estableció la pena de dos años de prisión, la responsabilidad civil definitiva y las condiciones para la suspensión de la pena.

La sentencia fue declarada firme, quedando definitivamente cerrada la vía ordinaria de recurso.

Audiencia Provincial de Araba/Álava, Sección 2ª

Sentencia de 28 de enero de 2026. Extracto anonimizado de la parte dispositiva.

Sentencia firme que evita el ingreso en prisión por delito contra la libertad sexual en Álava

Sentencia firme.

Conclusión

El procedimiento partía de una situación penal especialmente delicada, con una petición conjunta del Ministerio Fiscal y de la acusación particular de 8 años y 6 meses de prisión y 20.000 euros de responsabilidad civil.

La estrategia de defensa se centró en la reparación del daño, la negociación de una reducción de la responsabilidad civil, la acreditación del arraigo del cliente y la creación de las condiciones jurídicas necesarias para conseguir la suspensión de una eventual pena de prisión.

La consignación previa de 3.000 euros permitió fundamentar la aplicación de la atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal, mientras que la negociación permitió reducir la indemnización hasta 9.000 euros.

El Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones, la acusación particular se adhirió al acuerdo y la pena definitiva quedó fijada en 2 años de prisión.

La ejecución de la pena fue suspendida durante cuatro años, condicionada a no delinquir y al cumplimiento del calendario pactado para el pago de los 6.000 euros restantes.

El cliente evitó así el ingreso efectivo en prisión y la sentencia fue finalmente declarada firme.

Resumen del caso

Cliente: Persona acusada de un delito contra la libertad sexual

Materia: Derecho penal y delitos contra la libertad sexual

Provincia: Araba/Álava

Tribunal: Audiencia Provincial de Araba/Álava, Sección 2ª

Petición inicial de prisión: 8 años y 6 meses

Responsabilidad civil inicial: 20.000 euros

Consignación previa: 3.000 euros antes del juicio

Atenuante aplicada: Reparación del daño muy cualificada del artículo 21.5 del Código Penal

Pena final: 2 años de prisión

Suspensión: 4 años

Responsabilidad civil final: 9.000 euros

Saldo pendiente: 6.000 euros

Fraccionamiento: 150 euros mensuales durante 40 mensualidades

Artículo 89 del Código Penal: El Ministerio Fiscal retiró su petición de aplicación

Resultado: Pena de prisión suspendida, sin ingreso efectivo en prisión

Fecha de sentencia: 28 de enero de 2026

Estado: Sentencia firme

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